LEY GENERAL EN MATERIA DE SEGURIDAD PRIVADA

Por Ana Paula Maritano

Aprueban facultar al Congreso de la Unión a expedir la ley general en materia de seguridad privada.

En sesión presencial, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que adiciona una fracción XXIII Bis al artículo 73 de la Constitución Política, para facultar al Congreso de la Unión a expedir la ley general en materia de seguridad privada.

Dicha norma deberá establecer las reglas y la autoridad facultada para autorizar y regular a los prestadores de este tipo de servicios.

En el país existen alrededor de 6 mil empresas que se dedican a la prestación de servicios de seguridad privada que emplean aproximadamente a 500 mil personas; sin embargo, más de 1.500 empresas no cuentan con permisos, lo que vulnera obligaciones tributarias, de prestaciones de seguridad social y traslada el costo al Estado.

El proyecto, aprobado en lo general con 332 votos a favor, 61 en contra y una abstención, se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

El agregado a dicha ley deberá establecer las reglas y la autoridad facultada para autorizar y regular a los prestadores de servicios de seguridad privada en todo el territorio nacional.

De la misma forma, fijará las reglas de coordinación para la adecuada organización y funcionamiento como auxiliares de la seguridad pública.

La coordinación será entre las personas autorizadas a prestar los servicios de seguridad privada y las autoridades correspondientes de la Federación, las entidades federativas y los municipios.

También, establecerá la coordinación de esos prestadores con las instituciones de seguridad pública en situaciones de emergencia y desastre, y los aspectos vinculados a la coordinación y supervisión de las policías complementarias en el país.

La presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales, diputada Aleida Alavez Ruiz (Morena), afirmó que esta reforma fue construida escuchando especialistas, servidores públicos, empresarios del ramo y un diálogo permanente con las y los legisladores de las bancadas representadas en la Cámara.

“Se logró un documento que atiende la necesidad de contar con una ley general que armonice y homologue procedimientos y la coordinación entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno y los prestadores de servicios de seguridad privada en el país”, expresó Alavez Ruiz.

A su vez, aclaró que la facultad conferida al Congreso de la Unión de ningún modo implica la posibilidad de autorizar la prestación de servicios a particulares que ofrezcan asistencia y asesoramiento de carácter militar y otros servicios militares.

Esta reforma trata de brindar certeza tanto a los ciudadanos, a los tres órdenes de gobierno, como a los particulares que los prestan.

“Se trata de homologar criterios, requisitos, mecanismos de control y de vigilancia, evitar la aparición de empresas patito y de espacios para delincuencia”, precisó.

Por último cabe destacar que en la discusión en lo particular se aprobó la reserva a la fracción XXIII del artículo 73 de la Constitución Política, de la diputada Juanita Guerra Mena (Morena) y se desechó la reserva al artículo transitorio segundo, presentada por el diputado José Elías Lixa Abimerhi (PAN).

 

Noviembre – Diciembre 2020

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