LA SUBCONTRATACIÓN LABORAL, ¿QUÉ SIGUE?

El nuevo modelo laboral, derivado de la reforma a la Subcontratación publicado el pasado 23 de abril de este año ha representado grandes retos a las empresas, tanto a las que se dedican a prestar servicios como a sus clientes. Los cambios de la reforma implican que las empresas incorporen en sus nóminas a los empleados que venían contratando a través de terceros, terminar la simulación laboral, los subregistros en obligaciones sociales, la evasión fiscal.

Por Armando Guajardo, Presidente de la Comisión Nacional Laboral de Coparmex

Las MiPymes son las mayores generadoras de empleo con el 95%, por lo que es importante seguir de cerca las consecuencias e impactos a este segmento. ¿Cuáles fueron

los cambios de la reforma?: Se prohibió la subcontratación de personal y se permitió la subcontratación de servicios y obras especializadas. Se modificó la Ley Federal del Trabajo y se realizaron cambios en leyes del Seguro Social, Infonavit, ISR, IVA y al Código Fiscal de la Federación, generándose nuevas obligaciones como la de registrar a las empresas dedicadas a proporcionar servicios u obras especializados bajo la responsabilidad de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con una duración de tres años otorgando plazos de registros, primero hasta el 1° de agosto y luego al 1° de septiembre a petición del Senado.

Los resultados han sido dados a conocer por el propio IMSS, al mes de noviembre de 2020 se tenían alrededor de 5.02 millones de personas bajo el esquema de Subcontratación u Outsourcing; sin embargo, al 1 de agosto de 2021 se llevó a cabo una migración de 2.5 millones de trabajadores a las nóminas de las empresas, ¿dónde quedaron los otros 2.5 millones?, seguramente algunos habrán perdido su trabajo y otros más se habrán quedado en las empresas ahora prestadoras de servicios.

Muchas pequeñas empresas han tenido que parar sus operaciones para implementar el modelo y cumplir lo que piden las autoridades. Los clientes, ante el temor de no poder hacer las deducciones por los servicios que pagan o los traslados del IVA, exigen a las empresas se registren. Cabe mencionar que hoy en día siguen subsistiendo diferentes criterios de interpretación de qué es “poner a disposición personal” entre las autoridades laborales y especialistas en la materia, por lo que serán los tribunales laborales quienes irán definiendo la correcta interpretación de la Ley.

¿Cuáles son los retos hacia adelante y qué sigue?

  1. Ubicarse en qué tipo de empresa, proveedora de servicios especializados o cliente beneficiario de los servicios.
  2. Mantener actualizado su registro y vigilar la actualización.
  3. Cuatrimestralmente presentar los reportes exigidos por el

Seguro Social y el Infonavit.

  1. Estar conscientes de que cualquier incumplimiento del proveedor de servicios hace responsable solidario a quien recibe el servicio.

Es muy pronto para evaluar si los objetivos planteados por la reforma se van a cumplir, si mejoró a los trabajadores, si representó pérdida o incremento de empleos, si impactó la competitividad de las empresas mexicanas o si por el contrario será exitosa.

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