EN PERPLEJIDAD VIGENCIA DE EMPRESAS DE SEGURIDAD PRIVADA EN SLP

No se cuenta con total certeza si están avaladas para prestar el servicio, este registro no ha sido actualizado desde mayo 10 del 2021.

Por Bertha Escalante

A pesar de que la demanda de servicios de seguridad privada ha ido en aumento dado los índices de inseguridad que se registran en el estado, al consultar los registros de estas empresas en la página de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado, no se cuenta con total certeza de que empresas si están avaladas para prestar el servicio y cuales ya fueron dadas de baja dado que ese registro no ha sido actualizado desde mayo 10 del 2021.

De acuerdo con dos particulares -de quienes reservamos sus identidades -interesados en contratar los servicios de una empresa de seguridad privada, aunque se diga los índices delictivos en la entidad son menores a los registrados en estados vecinos, si obligan en algunos casos a contratar esos servicios.

Sin embargo al consultar en la página oficial de la Secretaria para valorar a cual empresa elegir, se visualiza que actualmente habría 77 empresas con autorización vigente para prestar servicios de seguridad privada, y siete más en proceso de baja con última fecha de actualización al 10 de mayo del 2021.

Lo anterior no da certeza de que las 77 empresas que tendrían la autorización, aun estén vigentes y cumplan con los requisitos para prestar el servicio.

Por otro lado y debido a la pandemia, en lo que respecta a la obligación de registrar al personal de seguridad privada en el Registro nacional de Personal de Seguridad Privada, en escrito publicado en la pagina desde la administración anterior en el año 2020 se establece que desde esa fecha las empresas de seguridad privada se encontraban revisando las Cedulas Únicas de Identificación Personal de los elementos a su cargo, por lo que la toma de media filiación de los mismos estaría pospuesta hasta que el semáforo de regreso a la normalidad que fue establecido en mayo pasado permitiera l continuidad del proceso.

Cabe destacar que tanto las empresas que ofrecen el servicio de seguridad privada como sus elementos, deben contar con requerimientos establecidos por la Ley de Servicios de Seguridad Privada para el Estado, con el objetivo de que su desempeño sea realizado de forma eficiente, uno de los principales requisitos es estar inscritos en el Sistema Nacional de Personal de Seguridad Pública.

En el Estado, hay seis tipos de modalidades de seguridad privada que pueden ofrecerse a la población, cada modalidad con enfoques diferentes.

Para obtener una autorización deben contar con el cumplimiento de 29 requisitos establecidos por la Ley de Servicios de Seguridad Privada, mismos que deben contar con ciertas especificaciones.

Comparte esta noticia en redes:

Facebook
X
LinkedIn
WhatsApp
Imprimir

PODRÍAS ESTAR ANUNCIADO AQUÍ

Anuncia tu negocio HOY.
Últimas Noticas
Categorías

Suscríbete al Newsletter

Sigue informado de las últimas noticias.