EFECTOS DE LA REFORMA LABORAL EN MATERIA DE SEGURIDAD PRIVADA

Con la reforma a los artículos 12, 13, 14 y 15 de la Ley Federal del Trabajo publicadas en el Diario Oficial de la Federación el veinticuatro de abril del presente año, queda prohibida la subcontratación de personal.

Sin embargo, se permite como excepción la subcontratación de prestación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas que no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de estos, dentro de este campo subsisten las empresas de seguridad privada, limpieza y de comedor.

Para ello los servicios deberá de formalizarse el servicio mediante un contrato por escrito en el cual deberá de señalarse el objeto de los servicios a proporcionar o las obras a ejecutar así como el número aproximado de trabajadores que participaran en el cumplimiento del contrato así las cosas quien sub contrate una empresa cuyo contratista incumpla con las obligaciones que deriven de las relaciones con sus trabajadores serán responsables solidariamente.

De tal forma que atento a estas reformas las empresas de este rubro en lo particular deberán de contar con un registro ante la Secretaria de Trabajo y Previsión Social debiendo demostrar que se encuentran al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social, el cual, deberá de ser renovado cada tres años.

Ahora bien, resulta que en México existen aproximadamente seis mil empresas del rubro de seguridad privada, cuya fuerza laboral representa algo así como quinientas mil personas laborando en dicho sector, estimándose que más del cincuenta por ciento de estas compañías son irregulares y operan sin el registro que otorgue el Estado o la Federación que les permite cumplir con la prestación de sus servicios.

Sí bien, las empresas que ya se encontraban registradas debían de cumplir con los requisitos anuales para obtener o mantener su registro sumado al pago de impuestos y prestaciones ahora deberán de contar con el Registro que les avale como empresas especializadas en el rubro a la par del que otorgan las secretarías de seguridad pública locales o federal según sea el caso siendo el objetivo precisamente la regularización del sector y obviamente una mayor recaudación fiscal, lo que sin duda traerá será el encarecimiento del costo del recurso humano como el de la mano de obra, así como el cierre inminente de aquellas que no estaban preparadas para este escenario y multas para quienes tenían contratados sus servicios.

Pero lo más rescatable de esto es que las empresas de seguridad privada podrán ofertar costos más competitivos y por encima de los actuales que permitirán precisamente mantener la especialización del sector mediante la capacitación y adecuada remuneración y correcto desarrollo de los miles de empleados de este sector, sin embargo, la pregunta sería ¿el sector industrial y comercial están preparados para costear el encarecimiento de este rubro?

Interrogante válida porque no es un secreto que en cuestión de costos siempre se busca el servicio más barato y ante la excesiva regulación del mercando como se ha mencionado la consecuencia será precisamente el aumento en el costo de la prestación de servicios.

La respuesta la dará el tiempo es cuestión de semanas para ver el resultado real de esta reforma ya que al primero de septiembre fecha de entrada en vigor de la misma, aproximadamente cincuenta mil empresas pequeñas y medianas, donde se encuentra la mayoría de las compañías del sector de seguridad privada.

No habían podido conseguir su registro lo que conlleva el incumplimiento, las multas y muy probablemente su cierre con la consiguiente pérdida de empleos porque realmente quien cree que los actuales contratantes de estos servicios asumirán como propios a los empleados de la empresa subcontratada respetando su antigüedad y lo que ello conlleva.

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