COPARMEX CALIFICA DE ‘INSUFICIENTE’ LA PRÓRROGA DE UN MES PARA LA REFORMA DE OUTSOURCING

El órgano empresarial enfatizó que el periodo avalado por los legisladores no es suficiente para las más de 387 mil compañías.

La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) señaló que es “insuficiente” un mes de prórroga para la entrada en vigor de los nuevos lineamientos sobre outsourcing, pues dijeron que era necesario cinco meses, como proponía el PAN.

El viernes la Cámara de Diputados y el Senado aprobaron aplazar un mes la entrada en vigor de los nuevos lineamientos de subcontratación, la cual es permitida solo en servicios especializados.

En comunicado, el órgano empresarial enfatizó que el periodo avalado por los legisladores no es suficiente para que las más de 387 mil compañías que enfrentan problemas operativos o técnicos -para estar al corriente como lo pide la reforma en materia de subcontratación- logren solventar en tiempo y forma los requerimientos normativos.

“Reiteramos que lo deseable para alcanzar una solución definitiva a los inconvenientes detectados en las diferentes dependencias para concluir con los trámites, era que se homologara el plazo entre las empresas públicas y privadas, toda vez que las primeras tienen hasta el 01 de enero de 2022 para cumplir con la reforma”, mencionó en comunicado.

Además, se pusieron a disposición de todas las empresas que requieran apoyo para cumplir con la reforma en materia de subcontratación, por lo que les pidieron acercarse a la Coparmex para que reciban asesoría oportuna y logren solventar los requerimientos estipulados en la ley.

Originalmente esta reforma en materia de outsourcing entraría en vigor el 1 de agosto, pero será hasta el 1 de septiembre con las modificaciones que hicieron los legisladores a los artículos transitorios a las leyes Federal del Trabajo, del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores, al Código Fiscal de la Federación, a la del Impuesto sobre la Renta, a la del Impuesto al Valor Agregado y a la Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

Con esta aprobación, personas y empresas que presten servicios de subcontratación, tendrán hasta el 1 de septiembre para:

  • Registrarse ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Este registro se debe renovar cada tres años y para obtenerlo, la empresa deberá estar al corriente en sus obligaciones fiscales y de seguridad social.
  • Empezar a proporcionar la información sobre los contratos celebrados en el cuatrimestre que se trate, como su nombre, denominación o razón social; Registro Federal de Contribuyentes, domicilio social o convencional en caso de ser distinto al fiscal, correo electrónico y teléfono de contacto.
  • Aquellos patrones que hubiesen solicitado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) la asignación de uno o más registros patronales por clase para realizar la inscripción de sus trabajadores a nivel nacional, tendrán hasta esa fecha para dar de baja dichos registros patronales.
  • No será requisito la transmisión de los bienes objeto de la empresa o establecimiento hasta el 1 de septiembre de 2021, siempre que la persona contratista transfiera a la persona beneficiaria a los trabajadores en dicho plazo. En todo caso se deberán reconocer los derechos laborales, incluida su antigüedad, que se hubieran generado por el efecto de la relación de trabajo.

 

Julio-Agosto 2021

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